MARCO LEGAL
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
(Diciembre 1999).
Decreto 825. (Mayo 2000). Declara el acceso y el uso de Internet como política prioritaria para el desarrollo cultural, económico, social y político de la República Bolivariana de Venezuela. Decreto 3390. (Diciembre 2004). La Administración Pública Nacional empleará prioritariamente Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos, en sus sistemas, proyectos y servicios informáticos. A tales fines, todos los órganos y entes de la Administración Pública Nacional iniciarán los procesos de migración gradual y progresiva de éstos hacia el Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos.
Ley de Ciencia, Tecnología e Innovación. (Agosto 2005). Decreto Presidencial de creación de la Fundación Infocentro. Decreto No 5263, publicado en Gaceta Oficial No 38.648 del 20-03-07.